"Decimos que viola la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela puesto que la denuncia de la Convención automáticamente debería ser producto de que en Venezuela la Ley Aprobatoria ha sido derogada por otra ley y es sólo el legislativo (Asamblea nacional) quien tiene esa facultad"
Lo que venia siendo una amenaza en los últimos 8 años se ha convertido en una realidad, el Presidente Hugo Chávez sin mediar ninguna consulta en su país, sin la menor participación del parlamento o de la sociedad civil o política simplemente ordeno el retiro de Venezuela del Sistema Interamericano de Derechos Humanos mediante la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José).
El 10 de septiembre de 2012 el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela comunicó al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, José Miguel Insulza, mediante nota oficial, que denuncia la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con lo que se abre el proceso de retiro del Sistema formalmente. Este es el retiro de derecho porque de hecho Venezuela no ha aceptado la visita de la Comisión al país por casi una década, no ha cumplido con las sentencias de la Corte y ha venido ignorando a la Comisión, así mismo viola a su antojo la Convención.
A nivel regional este es el tercer país que inicia acciones para retirarse del Sistema. El primero Trinidad y Tobago que fue efectivo en ese cometido denunciando la Convención, porque el segundo, Perú, durante el gobierno autoritario de Alberto Fujimori simplemente dejó de participar pensando que así no sería responsable de las violaciones de derechos humanos y de los casos que se presentarían, pero olvido la formalidad de retirarse, con lo que no se retiro realmente del Sistema. Pero la decisión de Chávez si pareciera estar bien presentada y denuncian la Convención como tal.
De acuerdo a dicha Convención, artículo 78: "1. Los Estados parte podrán denunciar esta Convención (...) mediante un preaviso de un año, notificando al Secretario General de la Organización, quien debe informar a las otras partes. 2. Dicha denuncia no tendrá por efecto desligar al Estado parte interesado de las obligaciones contenidas en esta Convención, en lo que concierne a todo hecho que, pudiendo constituir una violación de esas obligaciones, haya sido cumplido por él anteriormente a la fecha en la cual la denuncia produce efecto".
A nivel de los impactos en Venezuela del posible retiro de Venezuela del Sistema Interamericano, realmente lo que se pueden es incrementar las violaciones por no existir el temor a la observación regional, pero en la práctica el gobierno viene impunemente ignorando las decisiones de la Corte o de la Comisión por ya casi una década. En el caso de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos son ya 9 años de denunciar su supuesta parcialidad y de conspirar contra el sistema. El Gobierno de Chávez incluso reconoce que negoció con José Miguel Insulza su voto y apoyo para la Secretaria General de la OEA con la condición de controlar la CIDH. La escusa de Venezuela para no permitir la visita de la Comisión Interamericana a Venezuela era: Santiago Cantón; ahora ya hay un nuevo Secretario Ejecutivo y ahora alegan una confabulación entre la Corte y la Comisión contra el “pobre gobierno de Venezuela”.
Venezuela también ha anunciado que esta evaluando el retiro de la Corte Penal Internacional, con lo que se ve claro que hay una estrategia de impunidad. Progresivamente se retira Venezuela de cualquier acuerdo internacional en materia económica, derechos humanos o comercial que implique el cumplimiento de obligaciones o mecanismos de monitoreo o posibilidad para cualquier persona o ente de ser protegido ante los abusos del gobierno.
El retiro de Venezuela del Sistema Interamericano deja al desnudo a un gobierno abiertamente autoritario y es una violación de las clausulas democráticas de Mercosur, Celac y Unasur. El problema se encuentra en que le sigan los gobiernos autoritarios de Ecuador, Bolivia y Nicaragua, pero ya en la oportunidad del intento de destrucción de la Comunidad Andina Chávez no logró ese cometido.
Desde la Alta Comisionada por los Derechos Humanos, pasando por el Secretario General de la OEA y diversas ONGs de Venezuela e internacionales han lamentado la decisión adoptada por el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, de denunciar este instrumento jurídico y deja aislado al país en cuanto a la observancia regional y lo saca del único mecanismo disponible medianamente efectivo de control.
Si bien la denuncia es el procedimiento por el cual un estado soberano notifica la decisión de dar por terminadas ciertas obligaciones internacionales y es parte del derecho internacional, Venezuela Ratificó la Convención Americana el 23 de Junio de 1977, esto trae efectos legales en Venezuela, la violación flagrante de la Constitución, y a nivel internacional la violación de todas las clausulas democráticas de todos los tratados firmados por Venezuela y una violación de la Costumbre Internacional de progresividad de los derechos humanos. Un extraordinario amigo y jurista me hace el siguiente comentario "Desde el punto de vista estrictamente formal, siendo el Presidente de la República quien conduce las relaciones internacionales, es discutible si, para denunciar la Convención es necesario que, previamente, una ley derogue la ley aprobatoria de la Convención. Porque no es la ley aprobatoria, sino la ratificación por el Presidente de la República, la que hace entrar en vigor el tratado para Venezuela", pero realmente en ese punto a un limbo jurídico, que si bien fue aceptado en el caso de Trinidad y Tobago, allí había una contradicción entre la Constitución y la Convención, y la Constitución de Venezuela es muy clara en cuanto a la jerarquía de los instrumentos internacionales de derechos humanos. En mi humilde opinion en el caso de la Convención Americana no hablamos de cualquier acuerdo internacional, hablamos de una normativa que impone obligaciones al Estado en materia de derechos humanos con efectos generales e individuales.
Realmente el Gobierno de Chávez esta demostrando su naturaleza de violador de derechos humanos pero también al mismo tiempo ha violado la normativa interna de Venezuela porque la Convención Americana sobre Derechos Humanos es una Ley en Venezuela aprobada formalmente por el Congreso en 1977, Gaceta No. 31256 de Junio 14 de 1977 con lo cual es nuestra opinión que el Presidente Chávez y su Canciller están violando la Constitución de Venezuela al asumir facultades legislativas sin ley facultativa y sin mecanismos de consulta a las demás instituciones. Pese a las opiniones diversas en nuestra opinión para el retiro de Venezuela de la Convención necesita la modificación de la Ley Aprobatoria de la Convención.
El Congreso de la República de Venezuela decreta la siguiente Ley Aprobatoria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica". Artículo 1o.: Se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto San José de Costa Rica, suscrita en la Conferencia Interamericana Especializada sobre Derechos Humanos, en San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, cuyo texto se transcribe a continuación”. Si bien la Sala Constitucional solicitó al Poder Ejecutivo la denuncia de la Convención Americana, a nuestro juicio esto no es posible sin modificar o derogar la Ley Aprobatoria, y esto no ha pasado, con lo que el Ejecutivo ha violado la Constitución de Venezuela y la denuncia introducida contra la Convención es inconstitucional y nula. La Constitución de Venezuela es muy clara en las competencias del Tribunal que se limitan a “Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, en los términos contemplados en la ley” (Artículo 266), lo cual no le da facultades derogatorias del todo el texto legal y en especial no esta facultado para modificar un instrumento internacional de derechos humanos.
Decimos que viola la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela puesto que la denuncia de la Convención automáticamente debería ser producto de que en Venezuela la Ley aprobatoria ha sido derogada por otra ley y es sólo el legislativo (Asamblea nacional) quien tiene esa facultad, como lo vemos en Artículo 218 de la referida Constitución: “Las leyes se derogan por otras leyes y se abrogan por referendo, salvo las excepciones establecidas en esta Constitución…”. Incluso con la denuncia la ley sigue vigente en Venezuela mientras no se derogue la Ley Aprobatoria.
El Gobierno Nacional (Ejecutivo) viola directamente la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos al discriminar a los venezolanos en el uso del Sistema Interamericano y la reducción automática de sus derechos con la denuncia de la Convención, en particular se viola el articulo 19 de la Constitución de Venezuela: “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratos sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen”.
Si la OEA aceptara, como en efecto pareciera que lo esta haciendo, la denuncia de la Convención por parte de Venezuela o mejor dicho, del Gobierno de Chávez, la OEA simplemente esta aceptando y avalando una violación del Estado de Derecho en Venezuela, que es difícil de implementar porque puede tomarse como injerencia en el derecho interno, pero sobre todo deja en indefensión a los venezolanos/as. Si derogan la Ley en Venezuela y presentan nuevamente la solicitud el Sistema debe continuar ejerciendo la competencia contenciosa por parte de la Corte Interamericana para todas las denuncias en curso al interior del Sistema Interamericano y todas aquellas que se presenten en el periodo previsto de un año después de la notificación. Con lo cual no estará fuera del Sistema tan pronto como lo desea porque precisamente esta clausula permite evitar que coyunturas políticas disminuyan o eviten la protección de los habitantes de los estados partes.
Otra vez una sugerencia de un buen amigo me apunta que "Es cierto que hay un problema de inconstitucionalidad de esta medida, particularmente si se atiende a los artículos 19, 23, 31, y 339 de la Constitución. Sin embargo, ese es un problema interno", pero también es cierto que hay un tema de que cuando hay dudas razonables y hablamos de un tema de derechos fundamentales, la OEA debe operar con cautela. A nuestro juicio la OEA no puede aceptar el retiro hasta que no se den las condiciones internas en Venezuela para ese retiro, en particular derogar la Ley Aprobatoria por la Asamblea Nacional. Si bien es claro el punto que me indican de que "por más evidente que sea su incompatibilidad con una norma constitucional, ni la OEA ni ninguna otra instancia internacional tienen competencia para pronunciarse sobre la constitucionalidad de una medida adoptada por un órgano de un Estado", pero a mi juicio en este caso se requiere que este órgano del Estado actúe legítimamente y no usurpando funciones de otro órgano, inconsulto y además en violación de la Constitución.
Tenemos serias dudas, lo primero es que la Ratificación del Presidente es imposible sin que sea facultado mediante la Ley Aprobatoria, sin ello no puede existir la ratificación y el deposito del instrumento (como ocurrió en 1977). La Constitución en Venezuela claramente establece una supremacía de los instrumentos internacionales de derechos humanos, lo cual me deja cierta duda de las facultades del presidente para derogar su aplicación en Venezuela mediante la denuncia de la Convención, incluso con la posibilidad que la misma establece de la denuncia. si bien la facultad del presidente es clara en materia internacional, pero mi punto no solo es que es inconsulto sino que opino que se excede en sus facultades y se me presenta una duda, Venezuela denuncia la Convención y se sale de ella, pero la misma sigue siendo Ley de la Republica gracias a la Ley Aprobatoria, allí hay un problema claro entre la política Exterior y la legislación interna. Por denunciar la Convención automáticamente se deroga la Ley Aprobatoria?, puede además un Presidente que podría estar actuando sin legitimidad asumir directamente una acción que viola los derechos humanos sin que se revise a profundidad la legalidad y validez de su mandato para este punto especifico, allí no aplica un principio garantistas a favor de los derechos humanos de los/as venezolanos/as?, son diversas preguntas que surgen.
El deterioro del cumplimiento de las obligaciones de Venezuela frente al Sistema Interamericano de los Derechos Humanos ha suscitado la atención de la comunidad internacional, al igual de la revisión periódica Universal donde salió mal parado el país y ahora con la denuncia de la Convención se deja claro que no hay voluntad democrática y que la impunidad a las violaciones de derechos humanos es la norma en Venezuela.
No hay gobierno que dure para siempre y precisamente destruir o salirse del Sistema Interamericano puede ir en contra de los que ahora son Gobierno en Venezuela, porque será el mejor mecanismo de proteger sus derechos cuando dejen de ser gobierno y los perseguidos se vuelvan perseguidores.
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